¿QUÉ ES UN GUARDAPARQUE?
Es la persona encargada de la protección y preservación de todos los aspectos de áreas silvestres, sitios históricos y culturales. Brindan oportunidades recreativas e interpretación de sitios, al mismo tiempo crean lazos entre las comunidades locales, las ANP y la administración del área.
El guardaparque es el principal responsable de las actividades de extensión, difusión, control, monitoreo, apoyo a la investigación y atención al público; siempre manteniendo el espíritu por la conservación de la naturaleza.
¿QUÉ FUNCIONES CUMPLE?
Según el DECRETO SUPREMO Nº 038-2001-AG artículo 27, las principales funciones del guardaparque son:
a) Cumplir y hacer cumplir los dispositivos legales vigentes y políticas institucionales aplicables a las Areas Naturales Protegidas, las disposiciones emanadas por la Jefatura del INRENA, la Dirección General y el Jefe del Area Natural Protegida;
b) Realizar las actividades que especifique el Plan de Trabajo y el Jefe del Area Natural Protegida o el ejecutor del Contrato de Administración de ser el caso;
c) Realizar patrullajes permanentes en las zonas que le sean asignadas, según el cronograma preestablecido, efectuando su control y vigilancia. Pueden ser patrullajes terrestres, aéreos, marítimos o fluviales, según sea el caso;
d) Informar al Jefe del Area Natural Protegida sobre todas aquellas actividades que causen o puedan causar impactos en el ámbito del Area Natural Protegida;
e) Controlar el ingreso de visitantes al Area Natural Protegida y, de ser el caso, realizar los cobros correspondientes entregando el respectivo documento sustentatorio;
f) Controlar que las instituciones o personas que realizan trabajos de investigación, de fotografía, filmación, turismo u otros, en el ámbito del Area Natural Protegida, cuenten con la autorización respectiva, según lo establece el presente Reglamento, y que circunscriban sus actividades a las permitidas;
g) Brindar información sobre el Area Natural Protegida;
h) Propiciar la participación activa de la población local en las tareas de conservación, planificación, monitoreo del manejo del Area Natural Protegida;
i) Apoyar acciones de la población local, contribuyendo a crear conciencia de conservación y promoviendo el desarrollo sostenible a nivel local;
j) Ejercer la facultad de exigir a las personas naturales o jurídicas la exhibición de los documentos referidos a las actividades que realicen al interior del Area Natural Protegida;
k) Ejercer la facultad de realizar inspecciones, con o sin previa notificación, en los locales de las personas naturales o jurídicas y examinar documentación y bienes, previa delegación expresa del Jefe del Area Natural Protegida, en el ámbito de su jurisdicción;
l) Realizar por delegación los comisos por infracción;
m) Representar al Jefe del Area Natural Protegida en el ámbito del Area Natural Protegida;
n) Velar por el cumplimiento de las normas de conducta establecidas para las visitas al Area Natural Protegida;
o) Las demás que le designe este Reglamento, la Dirección General y el Jefe del Area Natural Protegida.
27.2 En el caso de los Contratos o Convenios de Administración, los Guardaparques tienen las mismas funciones establecidas en el presente artículo.
¿CUÁNDO SE DA HOMENAJE A ESTOS IMPORTANTES PERSONAJES?
El Ministerio del Ambiente del Perú, a través de la Resolución Ministerial Nº 077-2008, estableció que cada 06 de diciembre se celebraría el Día del Guardaparque Peruano. Esto, para destacar el arduo trabajo que realizan los guardaparques protegiendo la diversidad biológica existente en las ANP.
Por ello, desde el 2008, el país celebra el Día del Guardaparque, en homenaje a los hombres y mujeres que con su esfuerzo y dedicación resguardan nuestras 77 áreas naturales protegidas muchas veces ofrendando su vida.
Actualmente, Perú cuenta con 550 guardaparques. Ellos conforman un grupo importante de peruanos que realizan una loable labor en pro de nuestra biodiversidad.
El área total en donde trabajan estos defensores del ambiente, equivale a más del 16% de nuestro territorio. Su trabajo no solo consiste en custodiar que no se cometan delitos dentro de las áreas protegidas, sino también apoyar y promover actividades sociales, convirtiéndose en un nexo importante entre las comunidades locales y el Estado.
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